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| Estatuto de la Familia Dominicana en Argentina |
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La
Familia Dominicana: Unidad y Diversidad
1. La Familia Dominicana nace de
la vocación y carisma de santo Domingo de Guzmán, predicador
del Evangelio de Jesucristo (cf. CG Bolonia, 146). Como surgiendo
de un árbol plantado junto a las fuentes vivas, las ramas de
la FD son múltiples. Todas ellas comparten la misma misión
de predicación, cada una con su carácter propio, su
estatuto particular y su autonomía.
2. La FD está integrada por
varios grupos: los frailes, las monjas, las hermanas de vida apostólica,
los institutos seculares, las fraternidades sacerdotales y laicales
(LCO 1), las asociaciones anejas a la Orden (LCO, Apéndice,
4), y las asociaciones o grupos nuevos reconocidos por los Capítulos
Provinciales de los frailes o por los Priores Provinciales con sus
Consejos (CG Avila, 89) o por los Prioras Generales de las Congregaciones
de hermanas (CG Bolonia, 173).
3. La imagen de familia evoca y expresa
la experiencia de una pertenencia mutua, donde compartimos el mismo
nombre y las mismas raíces y por lo que nos reconocemos y ayudamos
mutuamente en una relación afectuosa como hermanas y hermanos.
La Familia Dominicana es así la comunión de las diversas
ramas que comparten de modos distintos una misma vocación y
misión.
La Familia Dominicana en Argentina
4. La FD en Argentina está
compuesta conforme al detalle que se explicita en el Anexo, y para
favorecer el cumplimiento de su misión, se organiza:
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A nivel Nacional: con un
Consejo Nacional y un Secretariado Nacional |
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A nivel Local o Regional:
con Secretariados Zonales |
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Carácter del presente Estatuto
5. En una historia ya larga de fraternidad
y colaboración, las diferentes ramas de la FD en Argentina
aprueban el presente estatuto como punto de referencia para promover
la común vocación y misión de todos los integrantes
de la FD según su propia condición. Este modo de organización
tiene como finalidad primordial animar y ayudar a todas las entidades
de la FD y promover la complementariedad y la colaboración
entre ellas.
Consejo Nacional
6. El Consejo Nacional es el órgano
superior de coordinación de la FD en Argentina, integrado por
quienes representan a las diferentes instituciones de la FD existentes
en el país. Dado el carácter propio de este Consejo,
que no implica dependencia jurídica de las instituciones en
él representadas, es ante todo un ámbito de diálogo
y reflexión común. En el ejercicio de esta función
de coordinación, el Consejo supone y promueve la autonomía
propia de cada rama de la Familia.
7. Son miembros del Consejo Nacional:
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Una monja elegida por las prioras de los Monasterios
del país; |
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Los superiores mayores de las entidades de
Frailes presentes en el país; |
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Las superioras mayores de las Congregaciones
de hermanas presentes en el país (Prioras Generales,
Provinciales, Vicarias); |
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La presidenta de FEDAR |
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El Presidente del Consejo Nacional de las
Hermandades Seglares, y de otras Asociaciones o grupos debidamente
reconocidos; |
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Un representante del MJD. |
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Cada uno de los miembros, en caso de imposibilidad, podrá designar
un delegado que lo represente, con sus mismos derechos.
8. Son funciones del Consejo Nacional:
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Motivar la participación de todas las
ramas de la FD; |
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Aprobar el plan de actividades comunes a todas
las ramas de la FD y designar sus responsables o asesores; |
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Organizar el Secretariado Nacional; |
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Intercambiar experiencias y promover ámbitos
de colaboración y misión común; |
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Convocar los Encuentros y Asambleas Nacionales
de FD; |
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Aprobar el presupuesto y el balance anual; |
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Aprobar las modificaciones del presente estatuto. |
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9. El Consejo Nacional se reunirá
al menos una vez al año y establecerá su reglamento
interno.
10. Los integrantes del Consejo Nacional
elegirán entre sus miembros a un/a Presidente y a un/a Vice-Presidente,
que durarán dos años en sus funciones, con la posibilidad
de ser reelegidos una vez.
11. Son funciones del/de la Presidente
del Consejo Nacional:
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Convocar y preparar el orden del día
de las reuniones del Consejo Nacional, |
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Animar la ejecución del plan de actividades
aprobado por el Consejo; |
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Mantener relaciones con los niveles latinoamericano
y mundial de la Familia Dominicana y con otros organismos de
la Orden; |
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Ser nexo entre el Consejo Nacional y el Secretariado,
para hacer efectiva las acciones y actividades que se definan. |
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Estas funciones serán asumidas conjuntamente con el/la Vice-Presidente.
Secretariado Nacional
12. El Secretariado Nacional está
a cargo de un/a hermano/a designado/a por el/la Presidente a propuestas
de los miembros del Consejo Nacional y permanece en sus funciones
durante el periodo del/de la Presidente que lo/la designó.
13. El/La Secretario/a es ayudado
en sus tareas por un equipo de dos o tres miembros, en lo posible
representativos de las distintas ramas, designados por el Presidente
a propuesta del Consejo Nacional.
14. Son funciones del Secretariado
Nacional:
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Colaborar con el Presidente del Consejo Nacional
para hacer efectivas las acciones y actividades definidas por
dicho Consejo. |
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Ejercer las funciones delegadas por el Consejo
Nacional y ejecutar sus decisiones; |
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Administrar el fondo común y rendir
cuentas; |
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Promover el funcionamiento de los Secretariados
Zonales; |
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Promover el contacto y la información
entre las distintas ramas de la FD y entre los Secretariados
Zonales. |
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Secretariados Zonales
15. Los Secretariados Zonales están
constituidos por representantes de las diferentes ramas de la Familia
Dominicana presentes en una misma zona. De entre sus miembros elegirán
un/a coordinador/a y un/a secretario/a.
16. Cada secretariado zonal se organizará
de la manera más adecuada para la respectiva zona y elaborará
su propio reglamento.
17. Son funciones de los Secretariados
Zonales:
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Motivar la participación de todas las
ramas de la FD en las actividades de la zona; |
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Aprobar el plan de actividades comunes a todas
las ramas de la FD de la zona, y designar sus responsables o
asesores; |
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Promover la participación en las actividades
zonales o regionales, y nacionales; |
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Mantener contacto con el Secretariado Nacional
para la coordinación de sus actividades. |
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